UNIDAD DE PERITOS, INTÉRPRETES Y TRADUCTORES DEL PODER JUDICIAL
El Plan Estratégico Institucional 2023-2027, Eje Estratégico 3: GESTIÓN JUDICIAL EFICAZ, siendo unos de sus resultados, una Justicia Accesible, enmarcado en las Metas Estratégicas Numeral 1, que consiste en:
El Registro de Peritos, Intérpretes y Traductores, cuenta con un Sistema de Apoyo Judicial de carácter público; constituye una base de datos con información específica, actualizada de especialistas seleccionados en distintas ramas de conocimiento científico, técnico, artístico, tecnológico, prácticos u otros análogos, para el apoyo a la actividad judicial a nivel nacional.
- El Sistema de Peritos, Intérpretes y Traductores del Poder Judicial está instalado en el centro de datos del Poder Judicial.
- Proceso Estadístico de Profesionales Registrados en el Sistema de Peritos, Intérpretes y Traductores por profesión y especialidad.
La Organización, Administración y Centralización, corresponde al Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial (CEDIJ), organizar el Registro de Peritos, Intérpretes y Traductores, siendo responsable de su administración, actualización y difusión permanente a todos los impartidores de justicia a nivel nacional.
Para el proceso de petición de peritos el Juez, Juzgado o Tribunal, solicitará al CEDIJ mediante oficio el envío de peritos registrados, indicando la materia, profesión y especialidad requerida.
El CEDIJ remitirá en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, por cualquier vía incluyendo, pero no limitando la forma electrónica, pudiendo realizar las observaciones que estime necesaria.
En la actualidad la Unidad Peritos, Intérpretes y Traductores del Poder Judicial, cuenta con una plataforma informática integrada por un sistema computacional y su página web que permitirá, una afluencia rápida y expedita de postulantes. Así mismo, la simplicidad en el proceso de captura de la información requerida, como la depuración de la misma y su correspondiente inscripción, hará que dicho proceso, establezca de manera automática, la asignación jurisdiccional del Perito, Intérprete o Traductor solicitado.
El Registro de Peritos, Intérpretes y Traductores, tiene por objeto prestar apoyo directo a los jueces y tribunales de la jurisdicción ordinaria, con la provisión de una base de datos conteniendo información actualizada de profesionales y expertos en determinadas ciencias, artes u oficios, para su convocatoria a objeto de obtener dictámenes periciales u opiniones especializadas sobre aspectos sometidos a su jurisdicción y competencia en el trámite de procesos judiciales.
Persona natural experta, entendida en una ciencia, arte, técnica, tecnológicos, práctica, oficio u otros análogos, que por sus especiales conocimientos es designado para apoyar a la impartición de justicia, y bajo juramento dictaminar sobre hechos, circunstancias o temas cuya valoración se relaciona con su formación técnica o profesional.
Persona que traduce oralmente a una lengua o por escrito lo que dice una persona en otra lengua, en especial si se dedica a ello profesionalmente.
Persona idónea que bajo juramento explica, comenta, da forma o realiza algo que está en el ánimo de otras, darle determinado sentido a textos, palabras, actitudes y acciones.
Actividad del perito, intérprete o traductor que concluye en un dictamen o informe.